Para reclamar al seguro compulsorio, es necesario completar el “Informe Amistoso de Accidente”. Es un documento aprobado por la Oficina del Comisionado de Seguros que deben utilizar todas las aseguradoras que provean el seguro compulsorio. Cada una de las partes debe incluir la información de sus autos y las circunstancias del accidente.
Llevamos más de 27 años proveyendo el seguro obligatorio en Puerto Rico. Este es nuestro único producto y por ello somos los verdaderos expertos en el seguro compulsorio. Entre nuestros beneficios:
- ¡Nuestros asegurados y reclamantes no tienen que visitar un Centro de Servicio! Pueden realizar todo el trámite de la reclamación por WhatsApp.
- Para facilitar la comunicación y el proceso de reclamación a nuestros clientes y asegurados, nuestro Centro de Llamadas está disponible los 7 días de la semana.
- ASC es la única aseguradora del seguro obligatorio en Puerto Rico que permite tramitar el 100% de la reclamación por WhatsApp 24/7, enviar fotos y documentos y realizar cualquier otro trámite necesario para completar el proceso.
- Tenemos Centros de Servicio convenientemente localizados a través de toda la Isla.
- Puedes visitar uno de nuestros Centros Servicios mediante cita previa.
- Hemos tramitado más de 5 millones de reclamos y se han pagado más de $2.4 miles de millones en indemnización por accidentes de tránsito.
Es el seguro mínimo que deben tener los autos que transitan por las vías públicas de Puerto Rico. Es un seguro de responsabilidad pública que responde por los daños que un vehículo asegurado le cause a otro vehículo. Se puede obtener al momento de renovar el marbete en las colecturías del Departamento de Hacienda, bancos, cooperativas y en las estaciones oficiales de inspección autorizadas a vender marbetes.
También se puede obtener de manera fácil y rápida a través de CESCO Digital.
El seguro obligatorio (o compulsorio) tiene una cubierta de hasta cuatro mil quinientos dólares ($4,500.00)* por accidente, independiente del número de reclamantes bajo una misma póliza. Por ser un seguro de responsabilidad pública, no cubre los daños que sufra el propio vehículo asegurado (causante del accidente) como consecuencia de un accidente de tránsito.
Es un reglamento establecido por la Oficina del Comisionado de Seguros que aplica a todas las aseguradoras que proveen el seguro compulsorio. Allí se establece el proceso y los criterios para resolver reclamaciones al seguro compulsorio.
La Regla LXXI contiene una serie de diagramas que reflejan diversas circunstancias de accidentes, los cuales tienen ya establecido el porcentaje de negligencia que corresponde a las partes involucradas. Las aseguradoras solamente podrán resolver a base de la información que ofrezcan las partes, sin que se permita utilizar otra información alterna, como lo sería el informe policiaco de accidente. Las aseguradoras están obligadas a aplicar la negligencia establecida en el diagrama que aplique al accidente.
No. Toda aseguradora que provea el seguro compulsorio, incluyendo ASC, debe resolver las reclamaciones exclusivamente a base de las versiones que las partes incluyan en el Informe Amistoso. ASC no puede utilizar el Informe Policiaco de Accidente para establecer quién es la parte responsable del accidente cuando sea de aplicación la Regla LXXI.
Sí. El seguro compulsorio reembolsa los gastos incurridos por un asegurado en el remolque de su vehículo mediante grúa cuando el auto no pueda moverse a causa del accidente.
El asegurado debe presentar la factura o recibo del remolque donde se especifique la distancia del remolque. Solo se honrarán los servicios de grúas o remolques autorizados por la Comisión de Servicio Público y el reembolso se hará a base de las tarifas establecidas por la Comisión de Servicio Público.
Para que los asegurados de ASC puedan tomar ventaja de este beneficio de la póliza del seguro compulsorio, ASC se encarga de coordinar la grúa para que llegue al lugar del accidente y también del pago, para que sus asegurados no tengan que adelantar dinero de su bolsillo. Este es una ventaja única que ASC ofrece a sus asegurados cuando tengan un accidente y su vehículo no pueda moverse. Este es un servicio gratis y 24/7 a través de WhatsApp.
Si el causante del accidente es un asegurado de ASC y el perjudicado tiene un seguro tradicional para cubrir los daños de su vehículo (no seguro de responsabilidad pública), el perjudicado tiene dos opciones:
- Puede iniciar un proceso de reclamación en ASC o,
- Puede ir directamente a su aseguradora tradicional para reclamar los daños a su vehículo y recibir el pago de su aseguradora.
El perjudicado que opte por reclamarle a su propio seguro, ¿puede reclamar luego a ASC el deducible de su seguro?
Sí. Cuando el causante del accidente sea asegurado de ASC, el perjudicado que reclame a su seguro puede reclamarle a ASC el pago del deducible que le aplicó su aseguradora al momento de pagar por los daños sufridos.
El reclamante puede comunicarse a nuestro Centro de Llamadas. Debes especificar que se trata de una reclamación de deducible y tener a la mano el número de querella, fecha de accidente y la información de los vehículos involucrados. Puedes completar los documentos necesarios en tu reclamación enviándolos a través de nuestro WhatsApp al (787)999-4242.
Si ya reparaste el vehículo, puedes enviarnos las fotos que tomó la aseguradora de los daños que sufrió el vehículo, el desglose de pago de tu aseguradora y evidencia del pago de tu seguro a través de WhatsApp.
No. El seguro compulsorio únicamente provee cubierta para los daños del vehículo perjudicado por un accidente por el cual un asegurado del seguro compulsorio sea legalmente responsable. Quedan excluidos de la cubierta del
seguro los daños físicos que pueda sufrir alguna persona involucrada en el accidente de tránsito.
No. El seguro compulsorio únicamente provee cubierta para los daños del vehículo perjudicado por un accidente por el cual un asegurado del seguro compulsorio sea legalmente responsable. Quedan excluidos de la cubierta del seguro compulsorio los daños que pueda sufrir otra propiedad que no sea el vehículo que resultó perjudicado en el accidente de tránsito.
No. Según dispone la Ley Núm. 253-1995, ASC solo puede aceptar estimados y hacer pagos a favor de talleres de reparación que estén debidamente inscritos en el Registro de Comerciantes del Departamento de Hacienda.
La Ley Núm. 253-1995 establece que los pagos del seguro compulsorio deberán realizarse a nombre del dueño registral del vehículo afectado, del taller de reparación seleccionado por el perjudicado o a nombre de ambos. Para que proceda un pago a nombre del taller de reparación, el mismo debe estar debidamente inscrito en el Registro de Comerciantes del Departamento de Hacienda.
En el caso de los vehículos bajo un contrato de "Leasing" el pago se emite a nombre del arrendatario.
Según la Ley Núm. 253-1995, todo dueño o conductor de un vehículo cubierto por el seguro compulsorio involucrado en un accidente de tránsito, debe cooperar con lo siguiente:
- Informar a la policía sobre el accidente de tránsito dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de haber ocurrido.
- Notificarle a ASC sobre el accidente.
- Hacer la reclamación al seguro compulsorio dentro del año de haber ocurrido el accidente.
- Proveer la información y documentos necesarios para tramitar la reclamación.
- Permitir o facilitar la inspección de los vehículos involucrados en el accidente.
- Someter prueba de la pérdida sufrida como consecuencia del accidente.
El incumplimiento de estos deberes se considerará como un delito menos grave que conlleva una multa máxima de $500. No cooperar con el trámite de una reclamación del seguro compulsorio expone al causante del accidente a una reclamación personal por los daños causados.
- Número de la querella
- Fecha del accidente
- Licencia del vehículo
- Número de la tablilla de los vehículos involucrados en el accidente.
No. Una vez el reclamante presente su reclamación utilizando WhatsApp o a través de nuestro Centro de Llamadas, se le orientará que puede completar los documentos de su reclamación enviándolos por WhatsApp o coordinando una cita para que visite uno de nuestros Centros de Servicio. El perjudicado no tiene que coordinar con la otra parte la cita, así como tampoco es necesario que las partes acudan juntas al Centro de Servicio. En ASC garantizamos su cita y podrá completar todo el proceso de la reclamación en menos de 40 minutos.
Además, ASC es la única aseguradora que permite realizar el 100% del trámite de la reclamación por WhatsApp sin tener que visitar un Centro de Servicio ni coordinar cita con la otra parte.
Este es un servicio 24/7 que permite enviar fotos y documentos y completar todas las gestiones necesarias a través de WhatsApp. Sólo debe enviarnos un mensaje al (787) 999-4242 y reicbirá atención al instante.
Cuando el perjudicado en el accidente es un menor de edad, es indispensable que al momento de presentar la reclamación por teléfono o por WhatsApp esté acompañado de su padre o madre con patria potestad o su tutor legal.
Al momento de acudir a la cita deberán presentar un documento oficial que acredite que la persona que acompaña al menor es su padre o madre con patria potestad o su tutor legal. Ejemplos:
- Acta de nacimiento
- Sentencia del tribunal
- Documentos de tutela
Si no pueden presentar estos documentos, la reclamación deberá ser presentada por el dueño registral del vehículo de motor.
¡Es fácil! Al momento de renovar tu marbete, solo marcas con una X el cuadro donde aparece el nombre de ASC en el formulario que te entregarán en la colecturía, banco, cooperativa o estación de inspección donde compres tu marbete.
También puedes hacer el trámite de manera digital y más rápido a través de la plataforma CESCO Digital donde podrás presionar el logo de ASC al momento de escoger a tu proveedor del seguro compulsorio.
El Código de Seguros reconoce el derecho de todo ciudadano a escoger libremente a la aseguradora que desee.
Escoge a los expertos en seguro compulsorio; escoge ASC.
La cubierta del seguro compulsorio es de hasta $4,500* por daños causados a otro vehículo de motor, como consecuencia de un mismo accidente de tránsito, cuando el vehículo asegurado es el legalmente responsable por el accidente. El límite de cubierta aplica por cada accidente de tránsito, por lo que si en un mismo accidente se ocasionan daños a varios vehículos, ese límite de cubierta ($4,500)* tendría que distribuirse entre todos los vehículos afectados.
Para más detalles sobre la cubierta del seguro compulsorio de ASC, visita la sección titulada "Póliza" bajo el área de seguro compulsorio.
Si no estás de acuerdo con la determinación tomada en tu reclamación, puedes iniciar ante ASC un proceso de revaluación o reconsideración.
Puedes utilizar este mecanismo cuando entiendas que existe información o documentos adicionales que no se consideraron al resolver originalmente la reclamación.
Puedes presentar tu solicitud de revaluación o reconsideración a través de nuestra página de Internet www.asctucompulsorio.com, accede la sección de Reclamaciones y encontrarás el área de Reconsideraciones.
Puedes también presentar ante ASC un documento escrito en el que detalles las razones y argumentos por los cuales entendemos que se debe revisar la determinación de tu reclamación. Procederemos a evaluar tu solicitud y te notificaremos el resultado de la revaluación realizada.
Somos una empresa que ofrece y administra el seguro compulsorio que se paga al adquirir el marbete. Hemos procesado más de 6 millones de reclamaciones y se han pagado aproximadamente más de $2.3 miles de millones en reparaciones de vehículos.
Nos distinguimos de las demás aseguradoras por ser los únicos expresamente creados para proveer el seguro compulsorio, así que toda nuestra experiencia, conocimiento y servicio se basa en proveer el seguro conocimiento y servicio se basa en proveer el seguro compulsorio con una experiencia de servicio de primera y con ofertas innovadoras que solo ofrece ASC.